El divorcio exprés, un proceso de mutuo acuerdo

En julio de 2010 se cumplen 5 años de la denominada “Ley del divorcio exprés” (LEY 15/2005 de 8 de Julio). Esta ley aportó sin duda una solución mucho más dinámica y rápida para solucionar las crisis matrimoniales.

Al contrario de lo que pudiera parecer, su nombre no obedece a que los procedimientos sean veloces, si bien es perceptible una mayor agilidad. Esta denominación responde al hecho de que, por primera vez, los cónyuges pueden solicitar el divorcio habiendo transcurrido nada más los tres primeros meses de su celebración, sin causa y además de forma directa sin tener que acudir con carácter previo a la separación como ocurría antes.   

A la hora de divorciarse, es indudable las ventajas de hacerlo de mutuo acuerdo y no solo en lo que respecta a la cuestión económica sino también, y sobre todo, en la decisión de cómo quieren divorciarse los cónyuges y cuáles son las medidas que quieren para ellos y para los hijos del matrimonio a partir del momento en que se ha decidido la ruptura.

Para divorciarse de mutuo acuerdo, basta con redactar un CONVENIO REGULADOR  según las medidas que establece el art 90 del Codigo Civil y cuyo contenido libremente pactan los cónyuges. Esto se ha de adjuntar a una demanda firmada por un abogado y un procurador y esperar a que el Juzgado nos de día y hora para ratificar el citado convenio para que después, con el previo informe favorable del Ministerio Fiscal, se dicte sentencia. 

En el convenio, los cónyuges establecerán cómo quieren que sea la patria potestad que ostentan sobre los hijos comunes, quién se queda con la guarda y custodia, y además decidirán un régimen de visitas a favor del otro progenitor que no custodia. Igualmente, determinarán la pensión de alimentos que debe abonar el citado progenitor que no tiene a los hijos en su compañía. Se ofrece también como ventaja que los sujetos pueden incluso pactar el modo de liquidar los bienes que integran su régimen económico  matrimonial, ahorrándose así un nuevo proceso judicial.

Como puede comprobarse muchas son las ventajas de divorciarse de forma consensuada y desde aquí animo a todos los cónyuges a que, si han decidido divorciarse, agoten la posibilidad de hacerlo de mutuo acuerdo antes de instar un proceso contencioso.

 

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  • Abogada especializada en Derecho de Familia

    Letrada del ICAM colegiada Num. 49.810 fundadora y titular del Despacho Sánchez Jordi & Asociados, brinda sus servicios profesionales de asesoramiento jurídico a todas las amigas y socias del CLUB ESENCIA DE MUJER.

    Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1987-1992), preparó las oposiciones a Judicatura (1992-1993). Desde el año 1990 ha realizado diferentes cursos tanto en la Universidad Complutense de Madrid como en distintas materias en el Centro de Estudio e investigación del ICAM. Así, está especializada en tales Derecho de familia y asuntos de violencia de género, así como en reformas legislativas en los últimos 18 años de ejercicio.

    En la actualidad regento el Despacho Sánchez Jordi & Asociados despacho colectivo, y presta asesoramiento y colaboración a favor de otros despachos de Madrid de reconocido prestigio.

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